Abogado y mediador especializado en mediación de conflictos civiles e inmobiliarios

Abogado y mediador para resolución de conflictos en Madrid

Emilio Rojas es abogado y mediador adscrito en MediaICAM y reconocido en el Ministerio de Justicia, con formación en técnicas de negociación y búsqueda de acuerdos consensuados; y amplia experiencia en resolución de conflictos civiles e inmobiliarios de manera extrajudicial. De esta forma, Emilio Rojas está habilitado para actuar tanto como negociador como conciliador.

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, el intento de llegar a un acuerdo previo se convierte en un requisito de procedibilidad para poder presentar demandas civiles, es decir, si no se acredita de forma fehaciente el intento de alcanzar un acuerdo a través de uno de los MASC que cita la Ley, la demanda no será admitida.

¿Que es le mediación y por qué es importante la figura del abogado?

La mediación es un método alternativo a la resolución de conflictos donde dos o más partes intentan llegar a un acuerdo satisfactorio, evitando la vía judicial que es la más costosa en cuanto a tiempo y gastos judiciales, y más traumática por ser un juez quién pone fin a la controversia.

¿Cuál es la labor del mediador?

El mediador es un profesional cualificado, normalmente abogado o psicólogo, y formado tanto en la legislación aplicable como en la comunicación entre las personas.

Su principal labor es la de ayudar a las partes a comprender el origen de sus diferencias y crear un espacio seguro para que se comuniquen y expresen sus puntos de vista, e indagar y buscar alternativas para que puedan llegar a un acuerdo que ponga fin a la controversia.

¿Cuál es la labor del abogado?

Un abogado, además de poder actuar como mediador, puede hacerlo como asesor de parte aconsejando y ayudando a su cliente para alcanzar un acuerdo, pero nunca podrá hacerlo a la vez, es decir, si el abogado es admitido como mediador por las partes no puede actuar ni asesorar como abogado en ningún caso.

Aspectos clave de la mediación:

  • El mediador es una figura neutral: no juzga, no busca culpables y no impone decisiones, sino que acompaña el proceso para que las partes resuelvan su problema.
  • Fomenta la autonomía de las partes: permite que las personas tomen el control de la resolución de sus conflictos, promoviendo la satisfacción y el compromiso con el acuerdo.
  • Promueve el respeto y la empatía: establece un tono emocional que fomenta una comunicación abierta y el entendimiento mutuo; entre las partes debe existir la lealtad, la buena fe y el respeto mutuo.
  • Busca intereses comunes: ayuda a las partes a ver más allá de sus posturas para enfocarse en las necesidades e intereses que pueden guiar hacia una solución positiva.
  • Explora soluciones: anima a las partes a proponer soluciones y a trabajar juntas para construir acuerdos viables y beneficiosos para todos.
  • Ofrece flexibilidad: la mediación es un proceso flexible, adaptable a diferentes situaciones y con un alto grado de cumplimiento de los acuerdos.
  • Reduce costes y tiempo: Al ser un mecanismo alternativo, puede evitar procesos judiciales largos y costosos.
Si existe acuerdo entre las partes en disputa para resolver el conflicto a través de la mediación, puede solicitar mediador especializado en arrendamientos y compraventa de inmuebles a través de MediaICAM. Ir a la web de MediaICAM >

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La mediación está regulada en la Ley 5/2012, de 6 de julio de mediación asuntos civiles y mercantiles. Existen medios tradicionales heterocompositivos como son la jurisdicción, el arbitraje y el peritaje vinculante, pero son el juez o el árbitro quienes tienen la última palabra. En los medios autocompositivos la negociación, la conciliación y la mediación son las partes quienes buscan sus propias soluciones ayudados por un profesional.

Consultas frecuentes a nuestro abogado relacionadas con la mediación

¿Qué hace un abogado en la mediación?

Las partes pueden acudir a la mediación con sus abogados de confianza, pero el abogado si es mediador y actúa como tal, no puede hacerlo como abogado

  • Como mediador: promoviendo una comunicación constructiva entre las partes para resolver el conflicto y alcanzar un acuerdo, siendo neutral en todo momento.
  • Como abogado: orientando y guiando al cliente para alcanzar un acuerdo justo y viable para ambas partes, protegiendo sus derechos, revisando la legalidad del acuerdo y asegurando su cumplimiento.
¿Cómo es el proceso de mediación?

La mediación comienza con una solicitud donde una parte contacta con un mediador o institución para que invite a la otra parte en conflicto a resolver la controversia mediante la mediación.

Tras una primera sesión informativa y un breve período de presentación en el que las partes explican su perspectiva del conflicto, el mediador organiza reuniones conjuntas donde las partes pueden expresar sus puntos de vista fomentando la escucha activa y la comprensión de cada punto de vista.

Las sesiones, de manera general deben ser conjuntas con todas las partes presentes y sus abogados si así lo solicitan las partes; excepcionalmente se admiten sesiones privadas por una de las partes, pero el mediador debe estar atento para que ambas partes tengan las mismas oportunidades, estas sesiones individuales se llaman caucus y lo propio es que si se establece una sesión con una de las pastes, el mediador conceda en igualdad de condiciones un caucus para la otra parte; los caucus salvo que la parte indique lo contrario, es confidencial.

¿Cuánto cobra un mediador?

Lo mediación normalmente se factura por sesiones que suelen durar entre 60 y 90 minutos con un coste aproximado de entre 75€ y 200€, dependiendo de la causa, de su complejidad y de los precios que tenga cada institución.

A este coste habría que sumarle la sesión informativa que puede rondar los 40€ y la de apertura de expediente entre 60€ y 120€.

En algunos asuntos podría establecerse una tarifa variable o un porcentaje del valor de los bienes.

Es importante aclarar que estos importes son orientativos y que los precios finales son los que libremente pacten partes, sin prejuicio de las tarifas que aplica cada institución.

¿Quién paga la mediación?

Si bien las partes pueden pactar libremente cuánto asume cada una, lo habitual es que paguen por partes iguales.

¿Cuánto dura una mediación?

El Art. 20 de la Ley 5/2012, que hace referencia a la duración del procedimiento, indica lo siguiente:

«1. La duración del procedimiento de mediación será lo más breve posible y sus actuaciones se concentrarán en el mínimo número de sesiones.

2. En los casos en que se opte por el intento de mediación como requisito de procedibilidad, la duración de la mediación no podrá exceder de tres meses desde la recepción de la solicitud por el mediador.»

Dicho esto, cabe entender que si las partes no piensan acudir a la vía judicial, el plazo no tiene límite pudiendo las partes dar por finalizada la mediación cuando lo deseen; y el mediador, si entiende que no hay voluntad de las partes para solucionar el conflicto, puede darla por terminada cuando lo considere.

¿Qué pasa cuando acaba la mediación?

Su hay acuerdo:

  • Firma del acta: Se redacta un documento con los compromisos adquiridos por las partes durante la mediación.
  • Validez: El acuerdo pactado y firmado tiene el mismo valor que un contrato privado y por tanto están obligados a cumplirlo.
  • Fé pública notarial: Para mayor seguridad jurídica, se puede llevar el documento ante un Notario para ser elevarlo a escritura pública, bastando con que lo solicite una de las partes.

Si no hay acuerdo:

  • Acta de final de mediación: El mediador redacta hace entrega de un certificado acreditando que se intentó la mediación sin éxito.
  • Vía judicial : Este documento habilita a las partes para poder interponer una demanda en el juzgado, al cumplir con la la Ley Orgánica 1/2025.
  • Plazos legales: Se reactivan los plazos legales suspendidos durante el proceso para poder demandar.
¿En qué áreas actúa la mediación?

Ejemplos de áreas donde actúan los mediadores

Familia y sucesiones: para resolver disputas entre parejas o miembros de la familia.
Desahucios: por falta de pago, precario y expiración de plazo, arrendamientos y compraventa de inmuebles
Laboral: para mediar en desacuerdos entre compañeros de trabajo o entre empleados y empleadores.
Comunitario: para gestionar conflictos vecinales o de comunidad.
Educativo: para intervenir en conflictos entre alumnos, profesores o padres dentro del entorno escolar.

¿Qué son los MASC?

Los medios adecuados de solución de controversias (MASC) son fórmulas alternativas a la jurisdicción que tienen la finalidad de descargar la saturación de los juzgados al objeto de que la justicia sea más eficiente.

La ley contempla, además del arbitraje la mediación, la conciliación y la negociación, sistemas a los que pueden acudir las partes por sí mismas e incluso con sus abogados si así lo desean.

Abogado experto en procesos de mediación en Madrid

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