Derecho penal

Derecho Penal: Ataque y Defensa

Emilio Díaz Rojas

27 Dic, 2016

El derecho de ataque y defensa son la base del Derecho Penal

La Declaración Universal de Derechos Humanos garantiza el derecho a la presunción de inocencia, como derecho que ostenta toda persona acusada de un delito a un juicio público instrumentado con todas todas las garantías necesarias para su defensa. En el Convenio de Roma queda establecido que  cualquier persona tiene derecho a defenderse así mismo o a ser asistido por un defensor de su elección y, si no tiene medios para costear a un abogado podrá ser asistido gratuitamente por un abogado de oficio.

En términos semejantes se reitera este derecho en el Pacto de Nueva York resaltando que la comunicación libre y privada entre el defensor y el cliente y la irrenunciabilidad del derecho a ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado.

El derecho de defensa, es el derecho fundamental, consagrado en la Constitución Española de 1978, que asiste a todo investigado y a su Abogado defensor a comparecer inmediatamente en la instrucción y a lo largo de todo el proceso penal a fin de poder contestar con eficacia la imputación o acusación que exista contra aquel, articulando con plena libertad e igualdad de armas los actos de prueba, de postulación e impugnación necesarios para hacer valer dentro del proceso penal el derecho a la libertad que asiste a todo ciudadano que, por no haber sido condenado, se presume inocente.

La vigencia de este principio, supone, el reconocimiento en nuestra legislación vigente de a un derecho a ser juzgado por un juez o tribunal competente determinado por la ley, de  tal manera que la defensa opera como un factor de legitimidad de la acusación y de la sanción penal. También confluyen en la defensa otras garantías y derechos como la audiencia del procesado, la contradicción procesal, el derecho a la asistencia técnica del abogado. El uso de medios de prueba, el derecho a no declarar contra sí mismo o declararse culpable.

Por otro lado, la víctima de un delito, ostenta igualmente de un catálogo de derechos que le permiten exigir que se restablezca su derecho que ha sido vulnerado por el agresor y que se repare el bien jurídico protegido y garantizado por la ley.

De esta forma, el derecho de defensa y ataque son las dos caras que  forman parte de una misma moneda y configuran un prius para una convivencia pacífica entre los ciudadanos de una comunidad.

Emilio Díaz Rojas, cuenta con la colaboración de despachos expertos en derecho penal y criminología, que colaboran con él en el ejercicio de la actividad profesional en los supuestos de delitos más graves, con objeto de garantizar a sus clientes que tanto su derecho de ataque como de defensa van a hacerse valer ante los tribunal y que los efectos de un acto delictivo pueden quedar reducidos a sus mínimas consecuencias resarciendo a la víctima y reinsertando al delincuente siempre que las circunstancias lo permitan y concurran las exigencias prevenidas en la ley.

El Colegio de Abogados de Madrid, pone a disposición de los abogados colegiados un sistema de comunicación entre los letrados y el Ministerio Fiscal a fin de instrumentar un protocolo de conformidad entre la acusación y el presunto autor que permite al juez dictar una sentencia de conformidad reduciendo de forma notable el impacto que que tenían en épocas pasadas los procedimientos en la jurisdicción penal

Entradas relacionadas

No se encontraron resultados

La página solicitada no pudo encontrarse. Trate de perfeccionar su búsqueda o utilice la navegación para localizar la entrada.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *