Comprar una vivienda con okupas, casas y pisos.

Comprar una vivienda con okupas puede ser un buen negocio

Emilio Díaz Rojas

3 Dic, 2022

Uno de las cuestiones más preocupantes que comprometen la salud mental y financiera de muchos propietarios es sin duda la posibilidad de que sus inmuebles sean ocupados y en consecuencia deciden desprenderse de ellos a un precio inferior al del mercado, ofreciendo una oportunidad a aquellos inversores que estén dispuesto a comprar una vivienda con okupas, siendo la transacción un buen negocio para ambas partes.

Habida cuenta de los precios de la vivienda y de la incertidumbre en los precios de la hipoteca, vender y comprar inmuebles ocupados se puede convertir en una solución recurrente y ventajosa que fomente el mercado inmobiliario. Bienes inmuebles adquiridos en subasta pública, bienes adquiridos por herencia o simplemente a modo de inversión suelen ser los escenarios más propicios para este tipo de negocios jurídicos.

En este planteamiento, explicamos, en opinión de este despacho, las dos dudas más recurrentes que nos han planteado nuestros clientes.

¿Cómo se hace la escritura de compraventa y la deducción del ITP?

El negocio de compraventa debe estar bien hecho y ha de ser claro y ventajoso para ambas partes. Por muy evidente que pueda parecer, el comprador debe saber que está adquiriendo una vivienda o local ocupado por personas, conocidas popularmente como okupas, que no tienen un título reconocido que les autorice a habitar una vivienda que no es suya y en consecuencia, en la escritura de compraventa el notario tiene que mencionar este extremo.

En segundo lugar, el comprador, sea persona física o jurídica, tiene que tributar por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales por el valor que arroje la vivienda si es de segunda mano. En este sentido, la ley que regula el ITP designa al comprador como sujeto pasivo del tributo, y ello por muchas dudas e información contradictoria que exista.

La cuantía de este tributo se obtiene calculando la base imponible y el valor real del inmueble y es aquí donde podemos tener problemas con el fisco porque el valor real de una casa ocupada se va a ver comprometido al estar habitada ilegalmente y hay que asumir el riesgo de que nos encontremos con una liquidación complementaria por liquidación de valores cuando la Agencia Tributaria haya tasado la vivienda adquirida por un valor más alto que el declarado por el adquiriente.  La solución pasaría por acordar un valor de mercado y en caso de que Hacienda discrepe, acreditar la okupación, bien por medio de acta notarial o incluso con la demanda judicial de desahucio.

¿Cómo echar a los okupas tras comprar la vivienda?

El nuevo propietario tendrá que interponer la demanda de desahucio adecuada para que la autoridad judicial proceda al lanzamiento de los okupas. La Ley de Enjuiciamiento Civil articula como se debe interponer este tipo de demandas y es aquí donde hay que acudir a un abogado experto en desahucios que sepa redactar correctamente la demanda; la peculiaridad estriba en que si bien la Ley permite dirigir la demanda contra ignorados ocupantes, el demandante y nuevo propietario del inmueble no puede decir que no sabía que estaba ocupada la casa o el local, pues como ya se ha dicho, este extremo ya debería figurar en la escritura de compraventa y nadie puede ir en contra de sus propios actos: yo no puedo decirle al  notario que anote en la escritura pública de compraventa que estoy comprando un inmueble okupado y posteriormente decirle al juez que no sabía que la casa está ocupada.

El artículo 250.1 LEC regula los diferentes desahucios a los que puede acudir el actor que quiere recuperar  la posesión de su casa, bien por falta de pago de la renta y cantidades asimiladas  o por haber finalizado el plazo contractualmente pactado del arrendamiento o bien por precario o ignorados ocupantes y ,es aquí donde este tipo de demandas tan específico, donde a ley exige que lleven firma de abogado y procurador por lo que su asistencia y explicación al cliente que acude en ayuda de estos profesionales es imprescindible.

Sea como fuere el propietario de una vivienda okupada cuenta ahora con la alternativa de vender, rebajando el precio de venta y ganando en tranquilidad y gastos que ocasiona este desagradable incidente; la sensación que tiene el propietario es que la ley protege al okupa mientras él tiene que seguir afrontando todos los gastos de mantenimiento de la vivienda por lo que, esa rebaja en el precio por vender la casa ocupada va a ser un sacrificio mínimo que va a amortizar rápidamente.

El comprador, se va a beneficiar de una reducción del precio de compra significativa, con este ahorro, puede abonar sobradamente los gastos judiciales y amortizar los tiempos de espera inevitables en todo procedimiento judicial.

En este despacho, ponemos a su disposición, ya seas vendedor o comprador, una explicación amplia y transparente sobre los tiempos y los costes de este negocio jurídico cada día más por solicitado, por compradores y vendedores particulares y por empresas.

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